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FERNANDO ARICETA | SUSTENTABILIDAD

Las organizaciones tienen que mantener la sustentabilidad. Hablamos con Fernando Ariceta, Presidente del Consejo Consultivo de la Federación Interamericana de Gestión Humana, 2018-2021.


Foto: Fernando Ariceta.

FERNANDO ARICETA

Presidente del Consejo Consultivo de la Federación Interamericana de Gestión Humana, 2018-2021. MBA - SHRM SCP. Consultor empresarial y Conferencista internacional.



V.- Fernando Ariceta, ¿qué es lo que más te gusta de trabajar en Gestión Humana?

FA.- Es algo que permite, combinar el desarrollo de la estrategia de una empresa, con el desarrollo de la persona, que es un factor clave en cualquier organización.


V.- Sí, se dice que las personas deberían de ser el eje de la empresa, ¿pero lo son?

FA.- Una Organización, tal como el propio concepto lo indica, implica un Conjunto de personas organizadas para el logro de un fin u objetivo, que, seguramente no podrían alcanzarlo en forma individual. El factor humano es el elemento clave de toda organización por el mero hecho de que todos los demás factores son administrados por las personas de dicha Organización. Ninguna Organización, si pretende ser una “empresa”, puede existir sin gente. Ser “empresa” implica “emprender” un trayecto hacia una meta, que es representada por la Visión que el emprendedor tiene de su futuro.



“Pocos son los que entienden que es responsabilidad de todos estar actualizados".



V.- Entiendo que es ir más allá de las personas que están en la organización.

FA.- Creo importante señalar que las personas que mueven a la organización, las que hacen posible que se alcance la meta, no son solamente quienes trabajan en ella en relación de dependencia. Son todas quienes trabajan en ella, empezando por aquel que “emprendió” el camino con una idea, con una meta, con un sueño por cumplir.


V.- ¿Y qué tenemos que tener en cuenta?

FA. La sustentabilidad. La sustentabilidad consiste en satisfacer las necesidades de la actual generación sin sacrificar la capacidad de futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades, según dice el Informe BRUNDTLAND (1987). En Gestión Humana, significa que para lograr que una empresa alcance sus objetivos y llegue a cumplir con su meta y su Visión, no se tenga que “sacrificar” la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades.





V.- ¿Hablas de responsabilidad social?

FA.- Alcanzar la sustentabilidad de las empresas en los ámbitos social, económico y ambiental es la forma en la cual se logra cumplir con la Responsabilidad Social Empresarial (RSE). Como expresa el código de ética DHL Express: “En el entorno se hace cada vez más demandante que la empresa sea sustentable. Por ello, la empresa debe partir por ser sustentable internamente para ser sustentable externamente".


V.- Y en concreto...

FA.- Esto se traduce en sostener un Clima laboral que genere internamente acciones que conduzcan a mejorar la calidad de vida en el trabajo, ajustándose a principios éticos y a la preservación de valores.



"Para lograr que una empresa alcance sus objetivos y llegue a cumplir con su meta y su visión, no se tiene que sacrificar la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades".



V.- ¿Qué valores?

FA.- La sustentabilidad del factor humano en las organizaciones depende del sostenimiento de los valores fundamentales que deben cuidarse y preservarse, por encima de todo objetivo material, tales como: Respeto, Integridad, Confianza, Honestidad e Igualdad.


V.- ¿Se trata de un acuerdo entre las personas que forman las organizaciones?

FA.- Si se cumple con el concepto básico de sustentabilidad, todas las personas deben responsabilizarse por cuidarse y cuidar a los demás, y sobre todo, no “agotarse” ni “agotar a los demás”, poniendo en riesgo su sustentabilidad y sacrificando el futuro, en un supuesto “beneficio” de satisfacer necesidades presentes.


V.- De ahí surgen derechos y obligaciones.

FA.- Derechos y obligaciones parecen ser elementos básicos de cualquier “contrato”, y en este caso, traemos al tapete lo que nos enseñó "El Contrato Social", de Jean-Jacques Rousseau, que aborda el tema de la libertad e igualdad del ser humano, dentro de un Estado que se construye a partir de un contrato, de un pacto, fruto de la voluntad general, a fin de asegurar las libertades básicas y la convivencia pacífica. Si sustituimos la palabra “Estado” por “Empresa”, vemos que el “Contrato Social” que firma un trabajador dependiente y remunerado, con su empleador, empresario y quien dirige la operación, es muy similar. Efectivamente, ambas partes firmantes de dicho

Contrato de Trabajo tienen derechos y obligaciones, que tienen como fin asegurar las libertades básicas y la convivencia pacífica.


V.- ¿Y están cambiando estos derechos y obligaciones? ¿Desaparecen? ¿Aparecen nuevos?

FA.- Si desaparecen derechos o hay nuevas obligaciones, debemos, ante todo, afirmar que los derechos y las obligaciones esenciales no varían ni han variado desde Rousseau para acá, porque no se deben empequeñecer con derechos u obligaciones “laborales” de un contrato de trabajo. Cierto es que, desde ambas partes contratantes, es frecuente que se olviden de lo fundamental, que es preservar los valores esenciales, generando disputas por derechos y obligaciones, que si bien son importantes para las relaciones laborales, no tienen ningún peso en la sustentabilidad del factor humano en las organizaciones.






"No agotarse ni agotar a los demás”.



V.- ¿Y es una responsabilidad compartida?

FA.- Pocos son los que entienden que es responsabilidad de todos estar actualizados, estar interesados por sostenerse como un factor fundamental en el trabajo que realiza, que deben aportar para el desarrollo y crecimiento de la empresa para la cual trabajan, y que, desde quienes toman las decisiones, deben cuidar de no dejar a nadie “a la vera del camino”, en beneficio de un objetivo económico o material. Falta mucho por hacer en materia de Inclusión, Diversidad, Formación, Reconversión, Reinvención, y cuidado por el Ser Humano, independientemente del lugar que ocupa en el contrato laboral, que, a la postre, es una versión pequeña del Contrato Social.


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